Generalidades de la Justicia Propia
La Constitución Política de Colombia de 1991 amplió el espectro cultural y jurídico en Colombia y permitió reconocer al interior del Estado los derechos y la necesidad de salvaguardar las costumbres de los pueblos étnicos en el país.
Así, principalmente desde ciertos Artículos de la Constitución Política (7, 8, 18, 96 y 246) y de pronunciamientos de la Corte Constitucional, se ha buscado proteger la identidad y las culturas de las comunidades étnicas, como también sus prácticas de resolución de conflictos y administración de justicia.
De este modo, los pueblos indígenas, afro, palenqueros y raizales, así como los Rrom, hacen parte de todo un universo plural de prácticas y tradiciones en materia de abordaje de los conflictos que amplía el espectro jurídico en Colombia y lo constituye como un escenario supremamente rico de encuentro y aprendizaje constante para las instituciones y ciudadanos.
Acerca de los pueblos indígenas
De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE, 2019), para el año 2018 en Colombia se estableció que 1.905.617 personas se autorreconocen como indígenas, lo que corresponde al 4.4% del total de habitantes del territorio nacional para la fecha. Ahora bien, con base en el Censo Nacional de Población y Vivienda 2018, se identificó población indígena para 115 pueblos nativos, el 21% residen en las cabeceras municipales, mientras que el 79% en centros poblados y áreas rurales dispersas. En total, 19.063 residen en la ciudad de Bogotá D.C., lo que equivale a un 0.3% del total nacional.
Los pueblos indígenas que habitan en Bogotá D.C. son los siguientes:
Con el Artículo 246 de la Constitución Política de Colombia de 1991 se da un mandato constitucional por reconocer y salvaguardar las prácticas de regulación de las comunidades indígenas. Así, este artículo reconoce la Jurisdicción Especial Indígena como una institución jurídica la cual, en un sentido amplio, se encuentra conformada por una diversidad significativa de pueblos, comunidades, cabildos, territorios y organizaciones, por lo cual no se puede hablar de una sola Justicia Propia. Es un escenario múltiple en el que confluyen distintos pueblos indígenas. Esta perspectiva amplia de esta jurisdicción se orienta a reconocer que cada pueblo indígena es autónomo en desarrollar sus formas de regulación social y a su vez, que dichas formas de organización ancestral no pueden ser supeditadas a la Justicia Ordinaria puesto que se vulneraría dicha autonomía.¿Qué es la Jurisdicción Especial Indígena?
¿Qué es el Derecho Mayor o la Ley de Origen?
Es una forma de permitir el encuentro con la vida a partir de un legado ancestral que se diferencia sustancialmente con la justicia de corte occidental. Por ejemplo, mientras el Sistema Judicial Ordinario se constituye como un conjunto de experticias propias del Derecho con una fuerte mirada en el castigo, la Justicia Indígena se erige a partir de las propias lenguas, memorias y costumbres que buscan armonizar la vida, por lo cual la sabiduría de las autoridades, los abuelos y abuelas, los Caciques, los Gobernadores y los Mamos, junto con las lógicas comunitarias y grupales, la prevención y el consejo son puntos de partida en la superación de las dificultades que se presentan.
Acerca del pueblo RROM
De acuerdo con los resultados del Censo de 2018, la población que se autorreconocía como gitana es de 2.649 personas a nivel nacional. En el Distrito Capital se cuentan 701 personas autorreconocidas como gitanas y que hacen parte de la Kumpania de Bogotá D.C. Las principales localidades donde se ubican los Rrom son Puente Aranda, Kennedy y en menor proporción Engativá, Barrios Unidos y Ciudad Bolívar. En Bogotá, los Rrom llegaron inicialmente al barrio Puente Aranda de la localidad que lleva el mismo nombre, y otros como es el 20 de Julio de la localidad de San Cristóbal. En Bogotá se encuentran dos Kumpañy: Bogotá Prorrom (416 personas Rrom) y Unión Romaní (285 personas Rrom).
¿Qué es la KRISS ROMANÍ?
Se refiere al conjunto de normas tradicionales y de instituciones que regula la aplicación de su derecho interno única y exclusivamente en las relaciones entre los Rrom y se configura como un elemento básico de su identidad como pueblo y una dinámica imprescindible para la preservación y reproducción de su cultura. El vocablo “Kriss” tiene, al menos, tres acepciones: (i) un acuerdo sencillo entre personas; (ii) el derecho gitano en general y (iii) la asamblea o consejo de personas encargadas de aplicarlo.
Enfoque diferencial étnico en Bogotá D.C.
El Artículo 66 del Plan Distrital de Desarrollo (PDD) 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI” estableció la ruta de trabajo del Enfoque Diferencial Étnico en el Distrito Capital. En esta, se dio la directriz de generar procesos de concertación de compromisos entre las entidades del Distrito y las comunidades étnicas asentadas en la ciudad con el propósito de garantizar sus derechos, velar por su dignidad y salvaguardar sus culturas.
En ese sentido, en la vigencia 2020 en coordinación con la Secretaría Distrital de Gobierno, se estableció el Plan Integral de Acciones Afirmativas (PIAA) con 787 acciones concertadas en Bogotá D.C., de las cuales, la Dirección de Acceso a la Justicia (DAJ) de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia (SDSCJ) es responsable directamente de iniciar en 2021 la ejecución de tres: una con los pueblos indígenas y dos con el pueblo Rrom.
Diseñar e implementar una estrategia de diálogo y de coordinación interjurisdiccional entre la justicia ordinaria y la jurisdicción especial indígena.
Diseñar e implementar una estrategia de fortalecimiento a la justicia étnica del pueblo Rrom como mecanismo de mediación comunitaria.
Disponer un espacio de justicia fortalecido en la ciudad, para la atención y adecuado desarrollo de la justicia étnica Rrom.
¿Cómo se implementarán las acciones concertadas?
De la mano con Secretaría Distrital de Gobierno, se generarán espacios de encuentro e interlocución permanente con las Autoridades de los Pueblos Indígenas que habitan en Bogotá D.C. y con los Consejeros Rrom para planear, ejecutar y evaluar las acciones estratégicas que permiten dar cumplimiento con lo acordado. Algunos de los puntos para trabajar durante la vigencia 2021 son: