#EnVivo | La alcaldesa @ClaudiaLopez comparte con la ciudadanía el decreto #SimulacroVital final. https://t.co/MWXZfmKwBX
— Alcaldía de Bogotá (@Bogota) March 19, 2020La medida empieza jueves 19 de marzo, cuando sean las 11:59 P.M., y hasta las 11:59 P.M. del lunes 23 de marzo.
La alcaldía de Bogotá publicó el decreto de Simulacro Vital que contiene los lineamientos bajo los cuales se regirá la ciudad desde este jueves 19 de marzo, cuando sean las 11:59 P.M., y hasta las 11:59 P.M. del lunes 23 de marzo.
Esta regulación toma en cuenta todas las recomendaciones realizadas por la ciudadanía el miércoles 18 de marzo, a petición de la alcaldesa Claudia López.
DESCARGAR EL DECRETO DE SIMULACRO VITAL
1. ¿Qué duración y en qué horarios se realizará el simulacro?
El simulacro tendrá una duración de 4 días. Empieza el día jueves 19 de marzo a las 11:59 de la noche y termina el lunes 23 de marzo a las 11:59 de la noche.
2. Después del martes, ¿hay posibilidad de que el aislamiento se extienda?
Este Simulacro Vital solo tiene 4 días de duración. Termina el lunes 23 de marzo a las 11:59 de la noche.
3. ¿La gente puede utilizar su vehículo particular?
No. Las personas no podrán usar su vehículo. Solo podrán usarlo en situaciones excepcionales como:
5. ¿Los centros comerciales estarán abiertos?
Solamente para venta de comida y medicamentos.
4. ¿Cómo operará TransMilenio?
Transmilenio y el SITP operaran de manera reducida. El día viernes estarán en marcha las rutas y horarios que corresponden a los sábados. El resto de días, la flota operará con las rutas y frecuencias equivalentes a un día domingo. Con esto buscamos garantizar la movilización mínima para las personas cuyas ocupaciones están excluidas de este simulacro de aislamiento.
5. ¿A qué sanciones se exponen quienes violen las medidas?
Quien incumpla la restricción total de la movilidad sin estar incluido dentro de las exenciones mencionadas en el Decreto, se expone a sanciones que van desde amonestación, multas económicas y hasta cárcel.
6. ¿Qué pasará con los habitantes de calle?
La población habitante de Calle en Bogotá seguirá teniendo acceso a los centros de atención de los que normalmente dispone el Distrito. Por eso, los funcionarios que normalmente los atienden trabajarán normalmente durante el simulacro.
7. ¿Está garantizado el abastecimiento de alimentos?
Sí. Todos los días estamos monitoreando el abastecimiento de la ciudad Bogotá. Todos los víveres, alimentos, insumos que necesita la ciudad han estado llegando y surtiéndose en las diferentes cadenas, sean barriales o grandes supermercados.
8. ¿Habrá servicios de domicilios?
Sí pero solo de servicios domiciliarios relacionados con atención y cuidado, y de productos de abastecimiento, alimentos preparados o no, y medicinas. Adicionalmente se permitirá el servicio a través de empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de víveres y productos farmacéuticos, por medio de motocicletas y bicicletas, quienes deberán estar plenamente identificados.
9. ¿Funcionará la Terminal de Transportes?
No. La Terminal de Transporte ni sus terminales satélites prestarán servicio, no habrá venta de tiquetes. Solo habrá servicio para las personas que lleguen a Bogotá desde otros destinos.
10. ¿Qué pasará con las mujeres que estén a punto de dar a luz y que se pueda presentar el fin de semana?
Ese tipo de eventualidades las contemplamos en el decreto que reglamenta el simulacro. En él permitiremos que se movilicen por la ciudad vehículos que presten el servicio o sean indispensables para atender emergencias médicas como esta.
11. ¿Qué pasará con el personal médico y hospitalario que cumplen horario de 12 horas, cómo harán para llegar a la casa?
Todas las personas que presten servicios médicos podrán movilizarse con normalidad por la ciudad siempre y cuando tengan una identificación que certifique su ocupación.
12. ¿Las empresas distribuidoras de alimentos, tienen permiso para transitar?
Sí. Durante los 4 días del simulacro garantizaremos el tránsito para el abastecimiento de la ciudad.
13. ¿Qué pasará con las personas que tiene vuelos o viajes por tierra el fin de semana?
Solo podrán desplazarse hacia y desde el aeropuerto las personas que tengan vuelos adquiridos con antelación y que lo puedan demostrar con tiquetes o pasabordos de viaje. El tránsito vehicular en Bogotá está restringido para viajes terrestres y cualquier tipo de viaje.
14. ¿Qué pasará con los profesionales independientes que cubren emergencias veterinarias?
Podrán circular en la medida en que puedan demostrar con un documento o carné, que son veterinarios y que van a prestar servicio de urgencias.
15. ¿Qué pasará con los presos que tienes audiencias el fin de semana?
Los recorridos motorizados del personal de Custodia y Vigilancia Penitenciaria operarán con total normalidad.
16. ¿Qué pasará con los que trabajan en seguridad?
Estos ciudadanos podrán desplazarse por la ciudad hacia sus lugares de trabajo. Siempre y cuando porten la documentación que los acredite como personal de vigilancia privada.
17. ¿Hay permiso para sacar mascotas al parque?
Sí, pero solo por un periodo de máximo 20 minutos.
18.¿Las personas que trabajan a puerta cerrada en comida a domicilio, tienen permiso para enviar domiciliarios?
Sí. Se autorizará la movilización de repartidores de domicilio de productos de abastecimiento, alimentos preparados y medicinas, siempre y cuando tengan una identificación que certifique su oficio.
19. ¿Qué pasará con las personas que tienen fundaciones de animales y deben ir a dar comida cada dos días?
Pueden movilizarse sin inconveniente en la medida en que cuenten con documentación que pruebe su ocupación.
20.¿Qué pasará con los padres que cuidan bebés hospitalizados? ¿Habrá excepción?
Dado que este es un motivo de fuerza mayor, se permitirá la circulación de personas en esta situación en la medida en que la puedan demostrar a través de un certificado o constancia.
22. Las tiendas de barrio, cafeterías, restaurantes, salsamentarías, papelerías, veterinarias ¿podrán abrir?
Las tiendas, minimercados, droguerías, cigarrerias que distribuyan alimentos y artículos de primera necesidad, medicinas y productos de aseo podrán funcionar. Solo una persona por núcleo familiar puede salir a comprar productos de primera necesidad.
Las veterinarias podran funcionar para atender emergencias.
El resto de establecimientos deberá estar cerrado al público.
23¿Qué pasará con las personas que tienen citas con especialistas programadas hace tiempo y con tratamientos como quimioterapia y diálisis?
Habrá autorización para desplazarse en estos casos en la medida en que las personas puedan probar con constancias o documentos, la cita médica o el tratamiento médico de extrema necesidad que necesitan realizarse.
24.¿Qué pasará con las empresas de mantenimiento de plantas eléctricas?
Todo mantenimiento que esté relacionado con prestación de servicios públicos domiciliarios está autorizado, siempre y cuando sus operarios tengan el carnet o identificación que certifique su oficio.
La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció esta noche nuevas medidas para la ciudad como parte de la alerta amarilla por el coronavirus COVID-19.
Nuevas medidas por alerta amarilla
La mandataria de la ciudad dio a conocer nuevas medidas en diferentes sectores de la ciudad para garantizar la salud, cuidado y protección de todos los ciudadanos.Medidas en materia de Salud
Para disminuir la disminuir la demanda sobre el sistema de salud se tomarán las siguientes medidas:
- Fijar criterios para no programar procedimientos electivos
- Movilizar o trasladar servicios
- Crecer en capacidad instalada de UCI
- Incrementar los programas de alertas tempranas y hospitalización en casa
- Limitar las visitas a las personas hospitalizadas (un solo acompañante por visita y reducción de horas), la compañía debe tener una condición que no la ponga en riesgo
- Compras conjuntas para contrarrestar el desabastecimiento de material necesario para el personal de salud.
- Contar con personal de las escuelas de formación para labores de atención médica básica.Medidas en materia de asistencia social
1- Crear el Sistema Distrital Unificado de Transferencias para la Contingencia Social de la población pobre y vulnerable residente en la ciudad de Bogotá, este sistema se compone se compone de tres canales:
- Transferencias monetarias
- Bonos canjeables por bienes y servicios
- Subsidios en especie.
El sistema es un mecanismo de redistribución y contingencia para la población vulnerable durante el periodo de emergencia dirigido a la contención, mitigación y superación de la pandemia de COVID19.
2- La población potencialmente beneficiaria será la población de los distintos grupos poblacionales, familias y comunidades, con énfasis en población pobre y en población vulnerable a raíz de la emergencia del COVID19.
Medidas en materia de movilidad1- Se cancela la Ciclovía dominical, los recursos necesarios los estamos destinando a la ciclovía entre semana.
Medidas en materia de educación
1- Se expidió un decreto dando facultades para garantizar la prestación del servicio educativo, incluyendo el tema de alimentación escolar, modificación del calendario escolar en Bogotá y el diseño de programas para atender a los niños y niñas hijos e hijas de cuidadores que requieran el apoyo. Así como las disposiciones necesarias para el estudio durante el periodo de modalidad no presencial de los colegios.
Las familias que así lo requieren y que informen previamente al colegio público, podrán recoger en la institución de sus hijos los refrigerios para la semana. Estos se estarán entregando de la siguiente forma:
a. Martes: Preescolar y primaria
b. Miércoles: Secundaria
c. Jueves: décimo y onceSe entregarán entre las 6:30 am y 1:00 pm., en las semanas del calendario escolar.
Medidas en atención a mujeres
1. Cierre de las 20 casas de Igualdad de Oportunidades y de la Casa de Todas a partir del jueves 19 de marzo. Todo el personal de las casas de igualdad pasa a reforzar los servicios de la línea púrpura y los servicios de asistencia jurídica y psicosocial.
2. Para seguir previniendo la violencia contra las mujeres seguirá funcionando la Línea Púrpura - 018000 112137 - y el chat de WhatsApp - 300 755 1846 - todos los días las 24 horas.
Medidas en atención a víctimas
1. Se suspenden todos los servicios no esenciales prestados en los Centros Locales de Atención a Víctimas del Distrito Capital de Bogotá, garantizándose que la ayuda humanitaria inmediata de la que tratan los artículos 47 y 63 de la Ley 1448 de 2011 serán atendidos teniendo en cuenta todas las medidas para la prevención de riesgos establecidas en el numeral 2 “medidas temporales excepcionales y de carácter preventivo, para la atención en la red CADE, SUPERCADE, CLAV (Centros Locales de Atención a Víctimas) Y PAV (puntos de Atención a Víctimas)”, definidas en la circular 027 de 2020 de la Secretaría General.
Medidas sobre actividades culturales
1. Se cierran temporalmente los equipamientos culturales cerrados tales como bibliotecas, casas de cultura, museo de Bogotá, cinemateca, planetario, media torta y teatro Jorge Eliecer Gaitán.
2. El camino de Monserrate estará cerrado.Medidas en escenarios deportivos y recreativos
3. Se cierran piscinas privadas y públicas.
4. El acceso a los parques zonales y metropolitanos estará restringido y el aforo controlado para evitar aglomeraciones al interior. Solo se permitirán actividades de recreación pasiva.
5. El IDRD, de acuerdo a los niveles de riesgo, determinará qué otros espacios deportivos o recreativos deben ser restringidos o cerradosMedidas en materia de impuestos
1. Para los predios residenciales estrato 1 y 2 se aplaza para junio 4 el límite de pago con descuento del 10% y para el 24 de junio el límite de pago sin descuento.
2. Se reajustan los vencimientos para quien se acoja al pago del predial por cuotas.
Medidas en Cades y SuperCADE:
1. Se establecen horarios de atención en Cades y SuperCades por pico y placa de acuerdo al último número de cédula, de la siguiente forma:
a. Días impares: Cédulas terminadas en 1,3,5,7,9
b. Días pares: Cédulas terminadas en 0,2,4,6,8Medidas en materia económica
1. Habrá una integración a la línea de crédito de liquidez (Bancoldex) para empresas de eventos y restaurantes quienes son grandes empleadores.
2. Tendremos un Plan de apoyo a las empresas en conjunto con la Cámara de Comercio de Bogotá y la Secretaría de Desarrollo Económico para la renovación del registro mercantil y demás pagos que deban realizarse en los meses de marzo y abril.
3. Crearemos líneas de fomento para aumentar la capacidad productiva de algunas industrias y sectores para evitar el despido masivo de empleados y para aprovechar oportunidades de algunos sectores económicos que debemos activar tales como: restaurantes y cocinas para alimentar población vulnerable, fábricas de tapabocas, entre otros.
De la mano del sector privado hemos dispuesto:1. Múltiples canales de atención domiciliaria para poder entrar medicamentos, material higiénico y demás bienes básico que se requieran durante la contingencia
2. De la mano de plazas de mercado, corabastos, tiendas y altas superficies vamos a tener un seguimiento diario a los precios y al abastecimiento de la canasta básica en la ciudad
3. Se implementará un servicio móvil de Corabastos, por barrios y plazas de mercado campesinos, para promover el abastecimiento de ciudad sin muchos desplazamientos.
4. Permitir el cargue y descargue 24/7, así como la libre circulación de vehículos de abastecimiento, productos perecederos y de domicilios, incluyendo motos, para garantizar la distribución de bienes y kits de emergencia.
Medidas en materia de justicia y seguridad:
1. Se restringe la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos de comercio en coordinación con la gobernación de Cundinamarca.
2. Se suspenden los términos procesales de todas las actuaciones administrativas, sancionadoras y disciplinarias que adelantan todas las entidades y organismos del sector central y descentralizado y, el ente universitario autónomo del Distrito Capital, a partir del 18 marzo y hasta el 01 de abril del 2020, fechas en las que no correrán los términos para todos los efectos de Ley. Al término de este plazo se expedirán las decisiones sobre la continuidad de esta medida.
De carácter externo:
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ: Decreto 090 del 19 de marzo de 2020
SECRETARÍA GENERAL: Limitación de los eventos y sitios masivos a un máximo de 50 personas.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ: Adopción de medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y la mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C.(Decreto 081)
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ:
Lineamientos sobre la flexibilización del horario para servidores en circunstancias especiales
(Decreto 083)
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN:
Orientaciones de cuidado y protección de los estudiantes frente al COVID-19 a través de la estrategia "Aprende en casa"
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN:
Adopción de acciones preparativas y preventivas contra el COVID-19
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS:
Suspensión transitoria - actividades con población recicladora
TERMINAL DE TRANSPORTE:
Cumplimiento directrices para la prevención, detección y atención ante el coronavirus COVID-19
SECRETARÍA DE SEGURIDAD:
Medidas para prevenir el contagio COVID-19 al interior del centro carcelario distrital de varones y anexo de mujeres
INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL: La plaza de las Hierbas cambia su horario por el COVID-19
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE:
Comunicado a los organismos del sector del deporte, la recreación y la actividad física
De carácter interno:
AGUAS DE BOGOTÁ:
Medidas propuestas por las autoridades competentes como parte de la estrategia de prevención de proliferación COVID-19 y proteger la salud de los trabajadores
SECRETARÍA DE CULTURA:
Lineamientos para la contención del virus COVID-19
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN:
Indicaciones de funcionamiento interno, ante Alerta Amarilla en Bogotá por Coronavirus COVID-19
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN:
Medidas preventivas en el marco de la Alerta Amarilla COVID-19
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN:
Protocolo manejo coronavirus - COVID-19
UNIDAD DE MANTENIMIENTO VIAL:
Protocolo de prevención del COVID-19 - medidas sanitarias y acciones transitorias para la preservación de la vida y la mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el coronavirus COVID-19
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO:
Despliegue de lineamientos y acciones de contención, medidas de prevención, promoción y recomendaciones frente al COVID-19
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO:
Se adoptan medidas preventivas mientras se extiende la Alerta Amarilla en Bogotá
CAJA DE VIVIENDA POPULAR:
Medidas y acciones transitorias para la prevención y cuidado colectivo frente al virus COVID-19
SECRETARÍA JURÍDICA:
Jornada laboral especial para la preservación de la vida y mitigación del riesgo a causa del coronavirus COVID-19, en el Distrito Capital
SECRETARÍA DE LA MUJER:
Instrucciones y actividades a desarrollar institucionalmente, como parte de la declaratoria de Alerta Amarilla de COVID-19
INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO:
Despliegue de lineamientos y acciones de contención, medidas de prevención, promoción y recomendaciones frente al COVID-19
INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO:
Promoción y prevención COVID-19
ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ:
Adopción de lineamientos nacionales y distritales para la contención del virus COVID-19
SECRETARÍA GENERAL:
Lineamientos distritales para la contención del virus COVID-19 en entidades y organismos distritales en el marco del decreto distrital 081 de 2020
SERVICIO CIVIL:
Registro en SIDEAP de empleados públicos que ingresan a la modalidad de teletrabajo
SERVICIO CIVIL:
Medidas extraordinarias para la contención del virus COVID-19 en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA:
Medidas y recomendaciones de contención ante el COVID-19 y la prevención de enfermedades asociadas al primer pico epidemiológico de enfermedades respiratorias
INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES:
Recomendaciones y directrices en materia de prevención y mitigación del riesgo por la situación epidemiológica generada por el coronavirus (COVID-19)
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE:
Medidas preventivas de contención y mitigación ante el Coronavirus
INSTITUTO DISTRITAL DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN ANIMAL:
Medidas transitorias de prevención, contención y mitigación ante el coronavirus y COVID-19
TRANSMILENIO:
Acciones de contención ante el COVID-19
INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD:
Adopción de medidas sanitarias y acciones transitorias para la preservación de la vida y la mitigación del riesgo con ocasión del la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C.
CATASTRO:
Medidas transitorias de prevención, conteción y mitigación ante el coronavirus y COVID-19
Fuente: Alcaldía de Bogotá.
Los síntomas más comunes de la COVID-19 son fiebre, cansancio y tos seca. Algunos pacientes pueden presentar dolores, congestión nasal, congestión y secreción nasal, dolor de garganta o diarrea. Estos síntomas suelen ser leves y aparecen de forma gradual. Las personas que tengan fiebre, tos y dificultad para respirar deben buscar atención médica.
Fuente: OMS:
Una persona puede contraer la COVID-19 por contacto con otra que esté infectada por el virus. La enfermedad puede propagarse de persona a persona a través de las gotículas procedentes de la nariz o la boca que salen despedidas cuando una persona infectada tose o exhala. Estas gotículas caen sobre los objetos y superficies que rodean a la persona, de modo que otras personas pueden contraer la COVID-19 si tocan estos objetos o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boca. También pueden contagiarse si inhalan las gotículas que haya esparcido una persona con COVID-19 al toser o exhalar. Por eso es importante mantenerse a más de 1 metro de distancia de una persona que se encuentre enferma.
Fuente: OMS.
La principal forma de propagación de la enfermedad es a través de las gotículas respiratorias expelidas por alguien al toser. El riesgo de contraer la COVID-19 de alguien que no presente ningún síntoma es muy bajo. Sin embargo, muchas personas que contraen la COVID-19 solo presentan síntomas leves. Esto es particularmente cierto en las primeras etapas de la enfermedad. Por lo tanto, es posible contagiarse de alguien que, por ejemplo, solamente tenga una tos leve y no se sienta enfermo.
Fuente: OMS.
El «período de incubación» es el tiempo que transcurre entre la infección por el virus y la aparición de los síntomas de la enfermedad. La mayoría de las estimaciones respecto al periodo de incubación de la COVID-19 oscilan entre 1 y 14 días, y en general se sitúan en torno a cinco días. Estas estimaciones se irán actualizando a medida que se tengan más datos.
Fuente OMS
Manténgase al día de la información más reciente sobre el brote de COVID-19. Hay varias precauciones que se pueden adoptar para reducir la probabilidad de contraer o de contagiar la COVID-19:
Lávese las manos a fondo y con frecuencia usando un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.
¿Por qué? Lavarse las manos con agua y jabón o usando un desinfectante a base de alcohol mata los virus que pueda haber en sus manos.
Mantenga una distancia mínima de 1 metro entre usted y cualquier persona que tosa o estornude.
¿Por qué? Cuando alguien tose o estornuda, despide por la nariz o por la boca unas gotículas de líquido que pueden contener el virus. Si está demasiado cerca, puede respirar las gotículas y con ellas el virus de la COVID-19, si la persona que tose tiene la enfermedad.
Evite tocarse los ojos, la nariz y la boca.
¿Por qué? Las manos tocan muchas superficies y pueden recoger virus. Una vez contaminadas, las manos pueden transferir el virus a los ojos, la nariz o la boca. Desde allí, el virus puede entrar en su cuerpo y causarle la enfermedad.
Tanto usted como las personas que les rodean deben asegurarse de mantener una buena higiene de las vías respiratorias. Eso significa cubrirse la boca y la nariz con el codo doblado o con un pañuelo de papel al toser o estornudar. El pañuelo usado debe desecharse de inmediato.
¿Por qué? Los virus se propagan a través de las gotículas. Al mantener una buena higiene respiratoria está protegiendo a las personas que le rodean de virus como los del resfriado, la gripe y la COVID-19.
Permanezca en casa si no se encuentra bien. Si tiene fiebre, tos y dificultad para respirar, busque atención médica y llame con antelación. Siga las instrucciones de las autoridades sanitarias locales.
¿Por qué? Las autoridades nacionales y locales dispondrán de la información más actualizada sobre la situación en su zona. Llamar con antelación permitirá que su dispensador de atención de salud le dirija rápidamente hacia el centro de salud adecuado. Esto también le protegerá a usted y ayudará a prevenir la propagación de virus y otras infecciones.
Manténgase informado sobre las últimas novedades en relación con la COVID-19. Siga los consejos de su dispensador de atención de salud, de las autoridades sanitarias pertinentes a nivel nacional y local o de su empleador sobre la forma de protegerse a sí mismo y a los demás ante la COVID-19.
¿Por qué? Las autoridades nacionales y locales dispondrán de la información más actualizada acerca de si la COVID-19 se está propagando en su zona. Son los interlocutores más indicados para dar consejos sobre lo que debe hacer la gente de su zona para protegerse.
Fuente: OMS
Si no se presentan los síntomas respiratorios característicos de la COVID-19 (sobre todo, tos) o no se cuida de una persona que pueda haber contraído esta enfermedad, no es necesario llevar puesta un tapabocas. Recuerde que los tapabocas desechables solo se pueden utilizar una vez y tenga en cuenta también que, si no está usted enfermo o no cuida de una persona que lo esté, está malgastando un tapabocas.
Cómo ponerse, usar, quitarse y desechar un tapabocas
1. Recuerde que solo deben usar tapabocas los trabajadores sanitarios, los cuidadores y las personas con síntomas respiratorios como fiebre y tos.
2. Antes de tocar el tapabocas, lávese las manos con un desinfectante a base de alcohol o con agua y jabón.
3. Inspeccione el tapabocas para ver si tiene rasgaduras o agujeros.
4. Oriente hacia arriba la parte superior (donde se encuentra la tira de metal).
5. Asegúrese de orientar hacia afuera el lado correcto de la mascarilla (el lado coloreado).
6. Colóquese el tapabocas sobre la cara. Pellizque la tira de metal o el borde rígido de la mascarilla para que se amolde a la forma de su nariz.
7. Tire hacia abajo de la parte inferior del tapabocas para que le cubra la boca y la barbilla.
8. Después de usarla, quítese el tapabocas; retire las cintas elásticas de detrás de las orejas manteniendo la mascarilla alejada de la cara y la ropa, para no tocar las superficies potencialmente contaminadas de la mascarilla.
9. Deseche el tapabocas en un contenedor cerrado inmediatamente después de su uso.
10. Lávese las manos después de tocar o desechar el tapabocas. Use un desinfectante a base de alcohol o, si están visiblemente sucias, láveselas con agua y jabón.
Fuente: OMS.
La Resolución 380 de 2020 establece que tanto los viajeros nacionales como extranjeros provenientes de China, Italia, Francia y España deben adoptar medidas de aislamiento e internación en su residencia o en un hospedaje transitorio cubierto por su propia cuenta durante 14 días.
A su llegada a Colombia deberá informar los países donde ha estado en los últimos 14 días. Si ha estado en países donde hay posibilidades de haberse infectado, le realizarán preguntas sobre su estado de salud.
Fuente: Presidencia de la República de Colombia.